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CIDH admite el caso de la Masacre de Viejo Velasco.

El grupo paramilitar OPDIC y Policías Estatales responsables de 6 ejecuciones extrajudiciales, 2 desapariciones forzadas y 36 familias en desplazamiento forzado.

 

 

El 25 de septiembre de 2020, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) aprobó el Informe de Admisibilidad No. 264/20 con relación a la Petición 1594-10 Pedro Núñez Pérez y Otros (Masacre de Viejo Velasco),1 ocurrida en el marco de una estrategia violenta de despojo territorial emprendida por el Estado mexicano contra comunidades indígenas tseltales y choles, asentadas en la Selva Lacandona, en Chiapas, México.

El 22 de noviembre de 2006, el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas A. C. (Frayba) solicitó a la CIDH medidas cautelares para garantizar la vida e integridad de los señores Mariano Pérez Guzmán, Antonio Peñate López, Miguel Moreno Montejo y Pedro Núñez Pérez. Estas personas fueron desaparecidas de manera forzada el día 13 de noviembre de 2006, por el grupo paramilitar Organización Para la Defensa de Derechos Indígenas y Campesinos (OPDIC),2 acompañado de Policías Estatales y otros servidores públicos cuando se desalojó a las familias que vivían en la comunidad Viejo Velasco, municipio de Ocosingo. Frente a la ineficacia de la Fiscalía del estado de Chiapas para efectuar la investigación y poder dar con el paradero de las personas desaparecidas, los familiares y una Comisión Civil de Observación asumió la búsqueda. El 6 de julio del 2007 encontraron restos óseos en la ruta que va de la comunidad Paraíso hacía Viejo Velasco. Con el apoyo del Equipo Argentino de Antropología Forense se logró la identificación de los restos de Miguel Moreno Montejo y Pedro Núñez Pérez.

 

 

Además de la desaparición forzada de cuatro personas, ese día también fueron ejecutadas María Núñez González (quien se encontraba embarazada), Filemón Benítez Pérez, Antonio Mayor Benítez Pérez y Vicente Pérez Díaz. En este mismo hecho, fueron privadas de forma arbitraria de su libertad Petrona Núñez González y Diego Arcos Meneses y torturadas por parte del grupo paramilitar OPDIC. A consecuencia de la afectación psicológica que vivió, Petrona Núñez González falleció en el 2010.

 

 

 

Actualmente, 36 personas de la comunidad Viejo Velasco se encuentran en desplazamiento forzado sin ninguna garantía para su retorno y cuatro integrantes del Comité de Defensa de las Libertades Indígenas Xinich cuentan con órdenes de aprehensión acusados injustamente de cometer la Masacre.

 

 

El 5 de octubre de 2010, la CIDH cerró la medida cautelar y la petición de demanda al Estado mexicano dio trámite. En dicha demanda se señala su responsabilidad internacional por las ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, desplazamiento forzado, torturas, privación arbitraria de la libertad y órdenes de aprehensión irregulares a consecuencia de la Masacre de Viejo Velasco.

 

 

A 14 años de cometida esta Masacre prevalece la impunidad, hasta el momento no se ha investigado, identificado, juzgado y sancionado a los autores intelectuales y materiales de las violaciones a los derechos a la vida, integridad personal, libertad personal, garantías y protección judicial, propiedad privada. Así como desaparición forzada y violencia contra la mujer.

 

 

El Frayba saluda la importante decisión de la CIDH, le hacemos un llamado para que mantenga su mirada en la situación que vive México, debido a la crisis de derechos humanos y la tendencia a la impunidad de graves violaciones a derechos humanos cometido no solo por funcionarios estatales sino por personas civiles armadas, muchos casos están en la impunidad.

 

 

 

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1CIDH, Informe No.264/20. Petición 1594-10. Admisibilidad. Pedro Núñez Pérez y otros. México. 25 de septiembre de 2020. Disponible en: http://www.oas.org/es/cidh/decisiones/2020/mxad1594-10es.pdf

 

2. Procedentes de Nueva Palestina con machetes, palos y armas de fuego.

 

 

 

San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México

 

a 23 de noviembre de 2020

 

Boletín No. 19

Descargar PDF. CIDH admite el caso de la Masacre de Viejo Velasco.

 

Leer. La verdad es un acto de justicia y el Estado debe reconocerla.